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Revisión y resumen: cultura libre

El libro es muy recomendable y está disponible en varios idiomas, tanto para comprarlo como para bajarlo en PDF e imprimirlo; la prosa es muy entretenida y fácil de seguir, el autor Lawrence Lessig es abogado y profesor de derecho y tiene una fluidez y una expresividad envidiables. Además como orador es espectacular, tuve la oportunidad de ver una de sus presentaciones en Barcelona en el 2005 y realmente es muy claro y contundente.


Resumen

El libro comienza con una historia que pareciera no tener mucha relación con la propiedad intelectual. En 1945, unos campesinos de Estados Unidos demandaron a su gobierno por los aviones que volaban sobre su propiedad. De acuerdo a la ley (muy similar a la Chilena), sus terrenos se extendían hacia arriba "hasta el cielo", de modo que los aviones estaban violando su derecho de propiedad. Finalmente después de un largo juicio los tribunales dieron la razón a las líneas aéreas, argumentando que el argumento de los granjeros "no tiene cabida en el mundo moderno [...] todo vuelo intercontinental estaría sujeto a incontables demandas. El sentido común se rebela a esta idea". Con este párrafo, el sagrado principio de propiedad sobre un terreno fue moldeado a las exigencias de las nuevas tecnologías, tal como sucederá algún día con las leyes de propiedad intelectual.

En 1933 la radio FM fue inventada, sorprendiendo al mundo por su fidelidad, que es como sabemos mucho mayor que la de la radio AM. A pesar de esta ventaja, hubo un fuerte lobby de RCA para impedir que se otorgaran licencias FM en el espectro de radiofrecuencias, porque competiría con la radio AM "deslealmente" y otro lobby de AT&T para evitar que se les concedieran licencias de mayor potencia, para que las radios tuvieran que hacer uso de la infraestructura de comunicaciones por cable de AT&T. Esto retrasó el desarrollo de la radio FM en muchos años y como efecto colateral llevó al suicidio a su inventor en 1954.

En la misma línea, aproximadamente en el 1900 las cámaras Kodak comienzaron a ser masificadas, y numerosas demandas exigieron que los miles de fotógrafos aficionados pagaran royalties si es que fotografíaban un edificio público, de modo que los arquitectos y dueños del edificio fueran compensados por estas fotografías. Afortunadamente estas demandas no prosperaron.

En el año 2002, un joven programador modificó un sistema de indexación para permitir que varios computadores pudieran compartir archivos, de manera que se pudieran hacer búsquedas en las carpetas compartidas de los demás computadores, y bajar información desde ellas. Este precursor del Napster fue demandado por 15 millones de dólares, y accedió a pactar una salida con la industria discográfica por 12.000 dólares al darse cuenta de que los costos del juicio serían de al menos medio millón de dólares y no tendría ninguna garantía de poder ganar.

Este es un tema común del libro. Un interés es amenazado por una nueva tecnología, lo que genera un lobby al gobierno para frenar la tecnología, lo que causa leyes que efectivamente retardan la entrada de la tecnología, que más tarde, y tras fuertes pérdidas de beneficios por parte de la sociedad en general, y fuertes ganancias por quienes mantuvieron la situación antigua, son reemplazadas por leyes más abiertas.

El libro compara diferentes visiones sobre la propiedad intelectual, desde "si es que hay algo de valor, entonces alguien tiene derechos sobre eso" hasta "la propiedad intelectual es un instrumento para el bien común". El autor argumenta que la propiedad "tangible" y la propiedad intelectual no son lo mismo. Primero, la propiedad intelectual de duplicable sin costo, y si yo copio algo, no se empobrece el que entrega la copia. Segundo, la propiedad intelectual no se ha actualizado a las nuevas tecnologías y estamos en una situación muy similar a la de los granjeros demandando a los aviones. Tercero, la propiedad intelectual no tiene límites razonables, por ejemplo, yo soy libre de tener un automóvil, pero eso no me da derecho a andar a 200 kilómetros por hora por la carretera.

El temas de balancear la tecnología con los derechos de los creadores no es nada nuevo. En la radio por ejemplo, en 1909 en USA se estableció el sistema de compensación que es usado en todo el mundo hasta hoy día, que consiste en que las radios son libres de poner la canción que quieran de el CD que quieran, y al final de cada año pagan una proporción fija de sus beneficios, que se reparte por una sociedad del derecho de autor entre los distintos autores de las obras en proporción a qué tan frecuentemente son tocadas en todas las radios. Ningún músico o compañia discográfica puede negarse a que se toquen sus canciones en la radio. Está obligado a dar este permiso y las radios están obligadas a pagar al final de cada año un precio fijado por ley.

Sin embargo, las radios en Internet con sede en USA tienen que pagar más que estas licencias obligatorias. ¿Por qué? El autor argumenta que porque constituyen una amenaza a los monopolios comunicacionales. Internet permite llegar a todo el mundo instantáneamente, y los costos de transmisión son muy pequeños, y a las grandes corporaciones de medios de comunicación les interesa que hayan pocos actores. De hecho en muchos países la propiedad de los medios de comunicación está en poquísimas manos (en Chile diarios y revistas están básicamente en 2 grupos: COPESA y el Mercurio). Además los Blogs, podcastings, videoblogs y otros medios de prensa independiente y directa plantean una amenaza a los intermediarios de la cultura.

También se toca el tema del intercambio de archivos por internet en Napster/Kazaa/Gnutella/Bittorrent, y el autor clasifica las descargas en 4 clases distintas:

  • (A) bajar música y no comprar CDs
  • (B) bajar música para probar y después comprar CDs
  • (C) bajar música que ya no está disponible
  • (D) bajar música que no tiene copyright

De acuerdo a la ley, sólo (D) es legal, pero (B) y (C) generan beneficios sociales importantes, a pesar de ser ilegales con las leyes actuales. Lo que las empresas discográficas siempre han alegado es que han perdido mucho, pero por otra parte, el autor considera que no han perdido tanto, y que la sociedad ha ganado mucho. Un esquema que podría funcionar es similar al de las radios, en que hay una empresa que obtiene estadísticas de aproximadamente cuántas veces se intercambia cada creación por redes P2P, y por otra parte se recauda un impuesto, por ejemplo, sobre las conecciones a internet de alta velocidad, y esta recaudación se reparte proporcionalmente. De esta manera, tenemos acceso a todas las creaciones que queramos a un precio justo y los creadores son compensados.

La protección de la propiedad intelectual, concepto que data desde fines del siglo XVIII tenía la intención original de que las invenciones se hicieran públicas al tener que registrarlas, y de generar un monopolio transitorio que fomentara nuevas ideas. El período original en el mundo anglosajón era de 15 años, renovable por otros 15, esto fue desde 1790.

En 1830, se extendió a 28 años renovable hasta 42 años. En 1909 a 28 años renovable otros 28 años. Entre 1962 y 1976 se continuó aumentando hasta llegar a 50 años para personas naturales, 75 años para empresas, en un único período sin requisito de renovación y sin obligatoriedad de registro (así que poner el símbolo (C) no sirve de nada en USA desde esa fecha, se asume que todo es copyrighted). En 1998 el período se aumentó una vez más a 70 años para personas naturales y 95 años para empresas.

Esto motivó una demanda que buscaba que se declararan inconstitucionales estas extensiones, puesto que la constitución hablaba de un período limitado, y si el congreso seguía extendiendo el período indefinidamente cada vez que iba a expirar la patente sobre el ratón Mickey, entonces el período era en la práctica ilimitado. En la demanda participó el autor y, por motivos que se analizan extensivamente en el libro, perdieron. Esto los llevó a presentar un proyecto de ley, que ha recibido apoyo de distintos sectores, y que busca que sea obligatorio renovar cada registro de propiedad intelectual cada cierto número de años, aunque sea pagando 1 dólar, de modo que se sepa qué propiedad sigue activa y qué no.

El hecho de que las discográficas y las asociaciones de distribución de películas se opongan es bastante revelador. No es que les falte 1 dólar para renovar ni que les falten los abogados para hacer el trámite: lo que no quieren es que hayan creaciones en el dominio público. Lo que quieren es una cultura del permiso, en que toda creación cultural requiere pedir un permiso, en vez de una cultura libre, en que los costos de transacción al hacer un obra derivada son mínimos.

Hay muchos casos en que las leyes de propiedad intelectual generan un efecto nocivo, el autor toca por ejemplo el tema de las impresoras con sistemas de protección que evitan que se puedan usar cartuchos de tinta de la competencia o del consorcio SDMI que organizó un concurso para probar a romper un algoritmo de codificación de música que resultó un fiasco porque después amenazó al ganador del concurso con una demanda si presentaba los resultados en un congreso académico.

El autor plantea una metáfora: en 1873 se inventó el DDT, y en 1948 un suizo obtuvo el Nobel al probar que tenía buenas propiedades como insecticida. En la década del 1970 se probó que tenía efectos nocivos sobre la salud y fue prohibido desde entonces. Lo mismo pasa con las leyes actuales de propiedad intelectual. Pretenden acabar con la piratería pero dificultan la creación, disminuyen la difusión de la cultura, generan concentración de los medios, y de paso no acaban con la piratería.

Además, está el tema de las patentes farmacéuticas, que significan que los costos de los medicamentos contra el SIDA son carísimos y en Africa o en Brazil muere gente porque no pueden producir los medicamentos. Si bien los ingredientes son baratos, las fórmulas están patentadas. El autor no culpa a las farmacéuticas, que como toda empresa lo que busca es aumentar sus beneficios dentro del marco legal, sino que culpa al marco legal que no considera estas situaciones.

Finalmente, se plantean varias alternativas e iniciativas exitosas: el movimiento Open Source con Linux, Apache, PHP y la Web en general como su gran éxito --por ejemplo, los protocolos y la invención de la Web fue entregada por el CERN al dominio público, si hubieran decidido cobrar por cada página, podrían haberlo hecho a través de una licencia, pero nos habrían quitado una tremenda oportunidad a todo el resto del mundo.

También el hecho de que empresas y gobiernos se estén moviendo a formatos de almacenamiento y estándares abiertos como XML que permitan que exista competencia y no "casarse" con ciertos proveedores es un aspecto positivo.

Finalmente, las licencias de Creative Commons que permiten que muchísimos autores de páginas Web y de otros tipos de contenido hayan encontrado un punto de equilibrio en que entregan algunos de los derechos sobre sus creaciones, pero no todos. La frase "algunos derechos reservados" está siendo más y más frecuente en la Web. Y en muchos lugares del mundo, hay iniciativas legales que buscan modificar las leyes de propiedad intelectual y devolverlas a un balance con límites razonables. La votación de 648 votos contra 14 del parlamento europeo que cerró la puerta de europa a las patentes sobre programas y métodos informáticos fue un gran paso adelante.

En síntesis, este libro es una excelente lectura acerca de los desafíos que presentan las nuevas tecnologías a la creación cultural de todo tipo, cuáles son los argumentos de cada parte y cómo estos desafíos pueden resolverse de una forma beneficiosa para todos.